El Fondo de Apoyo a la Inversión Industrial Productiva (FAIIP), promovido por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y gestionado por la empresa pública SEPIDES, tiene la finalidad de prestar apoyo financiero retornable para promover inversiones de carácter industrial que contribuyan a favorecer el desarrollo, la competitividad y las capacidades industriales del sector industrial en nuestro país.  

Dotado con 1.100 millones de euros para invertir en 2022, el FAIIP financia sociedades mercantiles privadas y cooperativas que desarrollan o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva y de servicios industriales, con independencia del tamaño, apoyando actuaciones orientadas a la sostenibilidad ambiental.

REQUISITOS Y EXCLUSIONES

Las empresas han de ser sociedades mercantiles, privadas o cooperativas, constituidas con domicilio social y establecimiento en España.

Son proyectos  financiables, para las solicitudes que se presenten en 2022, tanto partidas que se hayan ejecutado y no abonado desde los 6 meses anteriores al momento de la solicitud, como las que se ejecuten hasta 2 años después de la fecha de formalización de la financiación del FAIIP.

Para proyectos nuevos, aún no iniciados, el comienzo de su ejecución ha de estar previsto en el plazo máximo de 12 meses.

Quedan fuera de las definiciones de financiación las meras sustituciones de componentes o elementos auxiliares de producción, así como las reparaciones y acciones de mantenimiento. Igualmente, queda fuera del objeto del Fondo la adquisición de empresas.

LÍMITES Y COMPATIBILIDAD

Financiación puede ser desde 200 mil euros hasta 60 millones de euros, con carencia de hasta 3 años y una duración total de hasta 10 años.

La percepción de apoyo financiero del FAIIP es compatible con cualquier otra financiación, pública o privada.

El importe a financiar es de hasta el 75% del presupuesto financiable del proyecto, siempre y cuando las inversiones en aparatos y equipos de producción y software específico vinculado a producción sean al menos el 50% del mismo. El importe de la financiación del FAIIP estará limitado a que el riesgo vivo de la empresa con el Fondo, ajustado en el importe cubierto por garantías ejecutables a primer requerimiento, sea como máximo de 5 veces los fondos propios acreditables del solicitante. En el caso de empresas que forman parte de un grupo con obligación de consolidar, esta regla se hace extensiva al riesgo vivo acumulado del grupo.

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